0:01 Hola, buenos días.
0:02 Hoy vamos a hablar de los desahucios en esa situación que es tan desagradable para el propietario que pero por desgracia ocurre tan a menudo tener uno, una vivienda alquilada para tener ahí, pues un ingreso más a lo largo de cada mes y que, sin embargo, de pronto pues el inquilino deja de abonar, no tenemos firmado nuestro contrato.
0:25 pero por el motivo que sea, el inquilino decide que no va a seguir abonando la renta, pero que tampoco va a abandonar la vivienda.
0:31 Entonces queremos resolver qué es lo que tenemos que hacer en estos casos y también y sobre todo, es muy importante que no tenemos que hacer.
0:40 De hecho, voy a empezar por lo que no tenemos que hacer, ya que normalmente es lo que se tiende a hacer y es que no podemos dar de baja los suministros, no le podemos quitar la luz.
0:50 No le tenemos que quitarle el agua el Gass, porque en este caso el inquilino, a pesar de que él no nos está pagando, puede presentar una denuncia contra nosotros por un delito de ecuaciones, De manera que nos encontraremos con que encima que no nos está pagando la renta, nos vemos inmersos en un procedimiento penal por unas coacciones y en el que nosotros somos el imputado.
1:13 Por lo tanto, si el inquilino no nos paga la renta, por mucho que nos pueda fastidiar, hay que seguir pagando tanto la luz, el agua, todos los suministros que tenga nuestro nombre se tienen que seguir pagando, no se pueden dar de baja.
1:27 Qué hacemos entonces?
1:28 Pues lo primero sería notificarle de forma fehaciente que se debe ese importe, decirle específicamente cuál es el importe a fecha del requerimiento, un requerimiento que sea fehaciente, es decir, que podamos posteriormente acreditar que se le ha enviado que lo ha recibido y cuál es el contenido.
1:46 Por eso lo que más conveniente sería, como decimos en todos los vídeos, es el burofax, ya que de esa manera queda constancia de esos tres elementos del envío de su recepción y de su contenido.
1:59 una vez que haya recibido el burofax o bueno, la reclamación.
2:04 Pero como decimos, lo mejor es hacerlo por medio del burofax.
2:07 Recibe esta comunicación, Sigue haciendo caso omiso, no paga nada.
2:13 Esperamos un mes.
2:14 Si ha pasado un mes y continuamos en la misma situación, ya podemos acudir al juzgado con la certeza de que lo van a echar.
2:22 Tardará más, tardaba menos, pero aunque él coja y en ese momento pague o incluso el dinero lo deposite en el juzgado, lo van a echar.
2:30 Es lo que nos aseguramos con presentarle esa reclamación y esperar el plazo de un mes.
2:36 Entonces lo he dicho, no les deis de baja a los suministros y presentarles ese requerimiento, ese requerimiento, esperar el plazo de un mes y entonces ya poder acudir al juzgado para aseguraros de que lo van a echar de la vivienda.